Proyecto Educativo y Reglamentos

Reglamento Interno

Periodo 2024

En conformidad a lo dispuesto en el Artículo 46 letra f) del DFL N°2 de 2009 del Ministerio de Educación que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 20.370 con las normas no derogadas del DFL N°1 de 2005. Todo establecimiento educacional del país que cuente con reconocimiento oficial del Estado debe contar con un Reglamento Interno que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar.


El presente reglamento respeta las garantías consagradas en el artículo 19 de la Constitución de la República de Chile como a) la igualdad ante la ley y el no establecimiento de diferencias arbitrarias entre los alumnos(as); b) el respeto y la protección de la vida privada, la dignidad y de la honra de las personas y sus familias; c) la libertad de conciencia; d) el derecho a la protección de la salud; e) el derecho a asociarse sin permiso previo; f) la libertad de culto, entre otras garantías vinculadas a la vida de las comunidades educativas.

Reglamento de Evaluación

El presente Reglamento de Evaluación, Calificación y de Promoción Escolar, se aplicará a los estudiantes pertenecientes a la Educación General Básica y Media, atendiendo a las normas legales del Ministerio de Educación y al Proyecto Educativo Institucional del Colegio Miguel de Cervantes, de orientación Científico Humanista. El presente reglamento se publica y difunde a la Comunidad Escolar, y normará todo el proceso de evaluaciones y calificaciones de los estudiantes, previa aprobación del Equipo Directivo, equipo de Gestión Escolar y Consejo Escolar y Consejo de Profesores del establecimiento.

Este Reglamento tiene vigencia durante el presente año escolar, revisándose obligatoriamente al término de éste y pudiendo ser modificado completamente o en parte, para el año siguiente. Las disposiciones y las modificaciones a este Reglamento, deberán ser informadas y aprobadas por mayoría de los Profesores convocados a un Consejo General. Posteriormente, una copia de este Reglamento se envía al Departamento Provincial de Educación correspondiente, para su información.

Proyecto Educativo Institucional

“El cometido de la educación es crear seres humanos integrados y, por lo tanto, inteligentes”
Jiddu Krishnamurti

La elaboración del Proyecto Educativo Institucional es fruto del trabajo del equipo directivo del establecimiento y la participación de estudiantes1, familias y docentes en actividades de consulta. Del anterior PEI también se consideraron ciertos antecedentes pertinentes que aportaban y estaban plenamente vigentes. Finalmente, el proceso de construcción de este documento contó con el apoyo de la ATE Vía Magis Consultores.

Entre los años 2014 y 2015 la Sociedad Administradora y el Equipo Directivo del establecimiento desarrollaron actividades de reflexión y definición de algunos ejes primordiales del presente PEI, y ejecutaron acciones de consulta con actores del establecimiento para conocer su opinión y mirada sobre lo que esperan del Colegio en su espíritu y más operativamente para los próximos años.


El siguiente PEI, que tendrá una vigencia de 4 años, considera una primera fase de socialización y difusión a todos los actores del establecimiento para así favorecer el conocimiento y apropiación de los fundamentos, objetivos, características y las iniciativas que se comprometen. Luego, se contempla una fase de implementación y orientación de la gestión y el trabajo del establecimiento y sus actores, para finalmente desarrollar un momento de revisión, evaluación y actualización para el nuevo periodo de gestión de nuestro Establecimiento.

Este documento, entonces, define el contexto sobre el cual se diseñarán y ajustarán los Planes de Mejoramiento Educativo, y su propósito consiste en propiciar acciones coordinadas tendientes a mejorar nuestros niveles de conectividad, colaboración, conocimiento y desempeño.

En este documento se utiliza el género masculino de forma genérica para facilitar la lectura. Los sustantivos en forma masculina hacen referencia pues a miembros de ambos sexos.